¿En qué tipo de vías ejerce el Ayuntamiento de Madrid sus competencias en materia de tráfico y seguridad vial, según la Ley de Capitalidad?
Según el artículo 38 de la Ley de Capitalidad, el Ayuntamiento de Madrid ejerce las competencias en materia de tráfico y seguridad vial sobre las vías urbanas, las travesías declaradas vías urbanas y cualquier espacio abierto a la libre circulación, sin perjuicio de las competencias de otras administraciones en materia de seguridad ciudadana.
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Recuerda la regla 'VUTS': Vías urbanas + Travesías urbanas declaradas + Suelo libre de circulación, pero sin olvidar 'sin perjuicio' de otras administraciones en seguridad.