Según la Ordenanza de Atención a la Ciudadanía y Administración Electrónica del Ayuntamiento de Madrid, las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones sobre los servicios municipales:
El artículo 22.2 establece: «Las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones no estarán sujetas al procedimiento administrativo común», y el artículo 22.3 añade que el Ayuntamiento habilitará otros sistemas de gestión para incidencias o avisos puntuales.
Practica con un simulacro de 10 preguntas sobre Ordenanza de Atención a la Ciudadanía (Madrid)
Gratis y con corrección al instante. Preguntas reales del temario de Ordenanza de Atención a la Ciudadanía y Administración Electrónica III.
Desbloquea la explicación del Tutor IA
Regístrate gratis para pedirle al Tutor IA que te lo explique paso a paso.
La trampa está en 'no sujetas al procedimiento administrativo común' (art. 22.2). Recuerda que es una exclusión expresa, no una sujeción con especialidades.