Ayuntamiento de Madrid · Tema 7 — TRLRHL (RDL 2/2004)
¿En qué momento nace la obligación de pagar el precio público?
ADesde que se inicie la prestación del servicio o la realización de la actividad.
BDesde que se aprueba la ordenanza fiscal reguladora del precio público.
CDesde que se notifica al obligado el importe a pagar.
Respuesta correcta: A
Dificultad: fácilJustificación oficial
Artículo 46.1: «La obligación de pagar el precio público nace desde que se inicie la prestación del servicio o la realización de la actividad».
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Truco para memorizarlo
Asocia 'nace' con 'inicio de la prestación', no con actos administrativos previos (aprobación) ni posteriores (notificación).
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