Ayuntamiento de Madrid · Tema 7 — TRLRHL (RDL 2/2004)

Según el artículo 22 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en relación con la delegación de la gestión censal del impuesto, ¿qué efecto tiene no presentar la solicitud correspondiente cuando la entidad no tenía asumida la competencia citada en 2002?

ASe entiende que la entidad renuncia al ejercicio por delegación de dicha competencia con carácter inmediato desde la fecha en que debió presentarse la solicitud.
BNo produce efecto jurídico alguno, pues la obligación de solicitar solo existe si la entidad ya tenía asumida la competencia en 2002.
CSe entiende que la entidad renuncia al ejercicio por delegación de dicha competencia con efectos de 1 de julio de 2003.
Respuesta correcta: B
Dificultad: difícil
Justificación oficial

El artículo 22 establece: 'La solicitud deberá presentarse incluso en los casos en que la entidad tenga asumida la competencia citada en 2002, entendiéndose en otro caso que se renuncia, con efectos de 1 de julio de 2003, al ejercicio por delegación de dicha competencia.' La expresión 'en otro caso' se refiere a que no se presente la solicitud cuando se tiene la competencia; si no se tiene dicha competencia, la falta de solicitud no provoca la renuncia.

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Truco para memorizarlo

La clave está en 'incluso en los casos en que la entidad tenga asumida la competencia citada en 2002': la obligación de solicitar solo existe para quien ya tenía la competencia; si no la tenía, no hay renuncia automática.

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