Ayuntamiento de Madrid · Tema 7 — TRLRHL (RDL 2/2004)
Según el artículo 46 de la normativa de haciendas locales, ¿cuándo nace la obligación de pagar el precio público?
ADesde que se inicie la prestación del servicio o la realización de la actividad.
BCuando se completa la prestación del servicio o la realización de la actividad.
CCuando el obligado al pago realiza el depósito previo del importe total o parcial.
Respuesta correcta: A
Dificultad: difícilJustificación oficial
La obligación de pagar el precio público nace desde que se inicie la prestación del servicio o la realización de la actividad.
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La obligación nace con el inicio, no con la finalización del servicio. El depósito previo es una opción de la entidad, no el momento de nacimiento de la obligación.
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