Ayuntamiento de Madrid · Tema 7 — TRLRHL (RDL 2/2004)

Según el artículo 46 de la normativa de haciendas locales, ¿cuándo nace la obligación de pagar el precio público?

ADesde que se inicie la prestación del servicio o la realización de la actividad.
BCuando se completa la prestación del servicio o la realización de la actividad.
CCuando el obligado al pago realiza el depósito previo del importe total o parcial.
Respuesta correcta: A
Dificultad: difícil
Justificación oficial

La obligación de pagar el precio público nace desde que se inicie la prestación del servicio o la realización de la actividad.

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Truco para memorizarlo

La obligación nace con el inicio, no con la finalización del servicio. El depósito previo es una opción de la entidad, no el momento de nacimiento de la obligación.

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