Ayuntamiento de Madrid · Tema 12 — Reglamento Orgánico de los Distritos (Madrid)
Según el uso de la palabra en las sesiones, ¿cuándo procede que el presidente retire la palabra a un vocal vecino que está interviniendo?
AUna vez transcurrido el tiempo establecido y tras indicarle dos veces que concluya.
BCuando el orador se desvíe del tema por primera vez, previa advertencia del presidente.
CCuando el orador haya superado el tiempo y se le haya indicado una vez que concluya.
Respuesta correcta: A
Dificultad: mediaJustificación oficial
Artículo 38.2: 'una vez transcurrido el tiempo establecido y tras indicarles dos veces que concluyan'.
Art. 38.2 · Reglamento Orgánico de los Distritos (Madrid)
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Truco para memorizarlo
Recuerda 'dos veces' como el número mágico del artículo: el presidente debe pedir que concluya en dos ocasiones antes de poder retirar la palabra.
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