¿Cuál es la condición que debe cumplir un miembro de la Junta Municipal del Distrito cuando plantea una cuestión de orden?
Según el artículo 56.3 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de los Distritos, los miembros de la Junta Municipal del Distrito pueden pedir la palabra para plantear una cuestión de orden, debiendo invocar el artículo concreto que consideran infringido y cuya aplicación reclaman. La opción A es correcta porque exige señalar el artículo específico. La opción B es incorrecta porque invocar una norma general sin concretar el artículo no satisface el requisito. La opción C es incorrecta porque la cuestión de orden no es para abrir un debate, sino para exigir la aplicación de una norma previamente incumplida.
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Recuerda: 'Cuestión de orden' implica que el miembro debe señalar el artículo concreto que se ha incumplido, no puede simplemente hablar de otros temas ni abrir debate.