¿Cuál es la consecuencia jurídica de que la Administración no notifique la resolución de una reclamación contra acuerdos de habilitación de crédito por calamidad pública en el plazo de ocho días naturales?
Según la fuente, las reclamaciones deben sustanciarse 'dentro de los ocho días siguientes a la presentación, entendiéndose desestimadas de no notificarse su resolución al recurrente dentro de dicho plazo'. Por tanto, si no se notifica resolución en plazo, el silencio es negativo (desestimación).
Practica con un simulacro de 10 preguntas sobre TRLRHL (RDL 2/2004)
Gratis y con corrección al instante. Preguntas reales del temario de Haciendas Locales II.
Desbloquea la explicación del Tutor IA
Regístrate gratis para pedirle al Tutor IA que te lo explique paso a paso.
Confusión común: creer que el silencio ante reclamaciones de calamidad es positivo. Clave: la ley dice 'desestimadas' al no notificar en 8 días naturales, es silencio negativo, no estimatorio.