Según el artículo 8 de la Ley de Contratos del Sector Público, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto a la exclusión de los contratos de investigación y desarrollo?
El artículo 8 establece que quedan excluidos los contratos de investigación y desarrollo, excepto aquellos que, además de estar incluidos en los códigos CPV listados, cumplan las dos condiciones: a) que los beneficios pertenezcan exclusivamente al poder adjudicador, y b) que el servicio sea remunerado íntegramente por el poder adjudicador.
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La trampa clave es confundir la condición copulativa 'beneficios exclusivos + remuneración íntegra' con solo una de ellas o con compartir beneficios. Recuerda: deben cumplirse ambas a la vez; ningún otro reparto es válido.