Ayuntamiento de Madrid · Tema 14 — Ley 9/2017 (LCSP)
¿Qué constituye la contraprestación en el contrato de concesión de servicios?
AEl pago directo en metálico por parte del poder adjudicador.
BEl derecho a explotar los servicios objeto del contrato o dicho derecho acompañado del de percibir un precio.
CLa transferencia de la titularidad del servicio al concesionario.
Respuesta correcta: B
Dificultad: fácilJustificación oficial
cuya contrapartida venga constituida bien por el derecho a explotar los servicios objeto del contrato o bien por dicho derecho acompañado del de percibir un precio.
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Truco para memorizarlo
Recuerda que la contraprestación en concesión de servicios puede ser: 1) solo derecho de explotación, o 2) derecho de explotación + precio.
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