Ayuntamiento de Madrid · Tema 16 — LO 3/2007 (Igualdad)

Según el artículo 6.2 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, ¿cuál de las siguientes afirmaciones define correctamente la discriminación indirecta por razón de sexo?

ALa discriminación indirecta se produce cuando una disposición aparentemente neutra pone a personas de un sexo en desventaja particular, salvo que la disposición esté expresamente autorizada por el órgano competente.
BLa discriminación indirecta se produce cuando una disposición aparentemente neutra pone a personas de un sexo en desventaja particular, sin que quepa justificación objetiva alguna.
CLa discriminación indirecta se produce cuando una disposición aparentemente neutra pone a personas de un sexo en desventaja particular, salvo que pueda justificarse objetivamente por una finalidad legítima y los medios sean necesarios y adecuados.
Respuesta correcta: C
Dificultad: media
Justificación oficial

El artículo 6.2 de la Ley Orgánica 3/2007 establece que la discriminación indirecta por razón de sexo tiene lugar cuando una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros sitúa a personas de un sexo en desventaja particular respecto del otro, salvo que dicha disposición, criterio o práctica puedan justificarse objetivamente en atención a una finalidad legítima y que los medios para alcanzarla sean necesarios y adecuados. La opción C recoge esta excepción correcta; la opción A introduce una autorización administrativa inexistente, y la opción B niega toda posibilidad de justificación.

Practica con un simulacro de 10 preguntas sobre LO 3/2007 (Igualdad)

Gratis y con corrección al instante. Preguntas reales del temario de Igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Desbloquea la explicación del Tutor IA

Regístrate gratis para pedirle al Tutor IA que te lo explique paso a paso.

Truco para memorizarlo

La trampa está en confundir la 'justificación objetiva por finalidad legítima' con una 'autorización administrativa' (opción A) o con la 'imposibilidad de justificación' (opción B). Recuerda: la discriminación indirecta admite justificación si es objetiva, legítima y proporcionada; no requiere autorización de ningún órgano.

Preguntas relacionadas