Según el artículo 45 del Acuerdo-Convenio, ¿cómo será compensado el personal municipal que deba acudir a reconocimientos médicos fuera de su jornada laboral por practicarse en turno distinto al suyo?

ASerá compensado con un día libre adicional por cada reconocimiento fuera de su turno.
BSerá compensado económicamente con un plus salarial por cada reconocimiento realizado.
CSerá compensado con cargo a su jornada laboral del tiempo invertido en los reconocimientos.
Respuesta correcta: C
Dificultad: fácil
Justificación oficial

El texto establece: 'El personal municipal que deba acudir a estos reconocimientos médicos fuera de su jornada laboral por practicarse en turno distinto al suyo, será compensado con cargo a su jornada laboral del tiempo invertido en los mismos.'

Art. 45 · Acuerdo-Convenio (Ayto. Madrid)

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Truco para memorizarlo

Aunque parezca contradictorio 'fuera de jornada' y 'cargo a jornada', la clave es que el tiempo invertido se imputa como trabajado, no se suma tiempo extra ni se abona aparte. Piensa: compensación horaria, no económica ni de descanso adicional.

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