Según el artículo 45 del Acuerdo-Convenio del Ayuntamiento de Madrid, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto a los reconocimientos médicos de los trabajadores?
El artículo 45 del Acuerdo-Convenio del Ayuntamiento de Madrid establece que la periodicidad de los reconocimientos médicos será la que determinen los Protocolos de Vigilancia Sanitaria específica (opción A correcta). Ni la antigüedad (opción B) determina dicha periodicidad, ni la compensación por asistencia fuera de jornada es con tiempo libre retribuido, sino con cargo a la jornada laboral (opción C falsa).
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Confundir periodicidad con antigüedad es el error típico. Recuerda: 'Protocolos marcan la frecuencia, no los años'. Para la compensación, piensa: 'tiempo invertido se descuenta de jornada, no se añade como libre'.