Según el artículo 13 de la norma reguladora, ¿cuál es el alcance de la regla general sobre los efectos de las informaciones del sistema de atención a la ciudadanía y su excepción?
El artículo 13.1 establece que las informaciones 'no originarán derechos ni expectativas de derecho' (regla general), y el apartado 3 dispone que 'las contestaciones emitidas a las consultas tributarias y a las consultas urbanísticas tendrán los efectos que se determinan en la normativa que las regula' (excepción). Por tanto, la opción A es la que refleja correctamente el alcance de la regla general y la excepción.
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Regla general: ni derechos ni expectativas. Excepción: consultas tributarias y urbanísticas, cuyos efectos los fija su normativa sectorial. No confundas expectativas con interrupción de plazos ni con notificación formal.