Ayuntamiento de Madrid · Tema 6 — TRLRHL (RDL 2/2004)

¿Qué ocurre con la base liquidable del IBI cuando se han notificado previamente el valor catastral y la base liquidable y no se ha recurrido en el plazo legal?

ARequieren una nueva notificación individual antes de cada ejercicio fiscal.
BPuede impugnarse de nuevo al practicar la liquidación anual del impuesto.
CSe consideran consentidas y firmes, sin posibilidad de nueva impugnación al exigir el impuesto anualmente.
Respuesta correcta: C
Dificultad: media
Justificación oficial

Una vez transcurrido el plazo de impugnación previsto en las citadas notificaciones sin que se hayan utilizado los recursos pertinentes, se entenderá consentida y firme la base liquidable notificada, sin que pueda ser objeto de nueva impugnación al procederse a la exacción anual del impuesto.

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Truco para memorizarlo

Recuerda 'firmeza sin reapertura': si no recurres el valor catastral y la base liquidable en su momento, esos valores quedan firmes para siempre y no puedes impugnarlos de nuevo al pagar el IBI cada año.

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