Ayuntamiento de Madrid · Tema 20 — Ordenanza de Atención a la Ciudadanía (Madrid)
¿Cuándo puede una persona desistir de una sugerencia o reclamación presentada ante el Ayuntamiento de Madrid?
AEn cualquier momento mediante comunicación por cualquiera de los medios habilitados.
BÚnicamente antes de que la unidad competente haya iniciado su tramitación formal.
CExclusivamente durante el primer mes desde la presentación de la sugerencia o reclamación.
Respuesta correcta: A
Dificultad: fácilJustificación oficial
Artículo 26.1: 'La persona que haya presentado una sugerencia o reclamación podrá desistir en cualquier momento de ella mediante comunicación por cualquiera de los medios habilitados por el Ayuntamiento de Madrid para su presentación.'
Art. 26.1 · Ordenanza de Atención a la Ciudadanía (Madrid)
Practica con un simulacro de 10 preguntas sobre Ordenanza de Atención a la Ciudadanía (Madrid)
Gratis y con corrección al instante. Preguntas reales del temario de Ordenanza de Atención a la Ciudadanía y Administración Electrónica III.
Desbloquea la explicación del Tutor IA
Regístrate gratis para pedirle al Tutor IA que te lo explique paso a paso.
Truco para memorizarlo
Recuerda: 'en cualquier momento' es la clave; no hay plazo, se puede desistir desde que se presenta hasta que se resuelve.
Preguntas relacionadas
¿Qué requisito debe cumplir el desistimiento de una sugerencia o reclamación según el artículo 26 de la Ordenanza de Atención a la Ciudadanía?¿Cuál es la consecuencia jurídica del desistimiento de una sugerencia o reclamación presentada ante el Ayuntamiento de Madrid?Según el artículo 26 de la Ordenanza de Atención a la Ciudadanía y Administración Electrónica, ¿puede el Ayuntamiento continuar la tramitación de una sugerencia o reclamación tras el desistimiento del interesado?Según la regulación del desistimiento de sugerencias o reclamaciones, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?