Según el artículo 51 del Plan de Prevención de Riesgos Laborales del Ayuntamiento de Madrid, ¿con qué periodicidad mínima se debe comprobar el correcto funcionamiento de las medidas de emergencia?

ACada dos años.
BCada seis meses.
CUna vez al año.
Respuesta correcta: C
Dificultad: fácil
Justificación oficial

El artículo 51 establece: 'Se designará al personal encargado de poner en práctica estas medidas y se comprobará periódicamente su correcto funcionamiento, con la periodicidad mínima que fije el propio Plan, y al menos, una vez al año.'

Art. 51 · Acuerdo-Convenio (Ayto. Madrid)

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Truco para memorizarlo

Recuerda: 'una vez al año' es la frecuencia mínima de comprobación; asócialo con la revisión anual del Plan de Autoprotección.

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