Ayuntamiento de Madrid · Tema 17 — Acuerdo-Convenio (Ayto. Madrid)
Según el artículo sobre planes de autoprotección, ¿con qué periodicidad mínima debe comprobarse el correcto funcionamiento de las medidas de emergencia implantadas?
ASemestralmente, con independencia de lo que establezca el plan de autoprotección.
BCada dos años, salvo que el plan fije un plazo menor.
CAl menos una vez al año, sin perjuicio de la periodicidad superior que pueda fijar el plan.
Respuesta correcta: C
Dificultad: mediaJustificación oficial
El artículo 51 establece: 'Se designará al personal encargado de poner en práctica estas medidas y se comprobará periódicamente su correcto funcionamiento, con la periodicidad mínima que fije el propio Plan, y al menos, una vez al año.'
Art. 51 · Acuerdo-Convenio (Ayto. Madrid)
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Recuerda que la regla general es la periodicidad fijada en el plan, pero el mínimo legal es anual (una vez al año). Asocia 'mínimo' con 'una vez al año'.
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Según el artículo 51 del Plan de Prevención de Riesgos Laborales del Ayuntamiento de Madrid, ¿con qué periodicidad mínima se debe comprobar el correcto funcionamiento de las medidas de emergencia?De conformidad con el artículo 51 sobre Planes de Autoprotección, la comprobación periódica del correcto funcionamiento de estos planes debe realizarse:Según el artículo sobre planes de autoprotección, ¿con qué periodicidad mínima debe comprobarse el correcto funcionamiento de las medidas de emergencia implantadas?¿Cuál es la periodicidad mínima con la que se debe comprobar el correcto funcionamiento de las medidas de emergencia incluidas en un Plan de Autoprotección?