Según el Artículo 48 del Reglamento Orgánico del Gobierno y la Administración del Ayuntamiento de Madrid, ¿bajo la dependencia directa de quién se encuentran los Directores Generales?
Artículo 48.1: 'Los directores generales son los titulares de los órganos directivos a los que corresponde, bajo la dependencia directa de un coordinador general o de un concejal de Coordinación o delegado, la dirección y gestión de uno o varios ámbitos de competencias funcionalmente homogéneos.'
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Los directores generales dependen directamente de un coordinador general o concejal de Coordinación/delegado, NO del Alcalde o Junta de Gobierno. Recuerda: 'director general' se conecta con 'coordinador general' (ambos 'generales').