¿Qué requisito es necesario para los acuerdos de cooperación entre Comunidades Autónomas que no estén previstos en sus Estatutos?
Según el artículo 145.2 de la Constitución Española, los Estatutos de Autonomía pueden prever supuestos, requisitos y términos para que las Comunidades Autónomas celebren convenios entre sí para la gestión y prestación de servicios propios. En los demás supuestos, los acuerdos de cooperación entre Comunidades Autónomas que no estén previstos en sus Estatutos necesitan la autorización de las Cortes Generales. La opción B es la correcta.
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Lo previsto en Estatutos se comunica a las Cortes; lo no previsto requiere autorización de las Cortes. Piensa: 'fuera del Estatuto, autorización del legislativo nacional'.