Según la Constitución Española, respecto a los acuerdos de cooperación entre Comunidades Autónomas, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?
Artículo 145.1 CE: 'En ningún caso se admitirá la federación de Comunidades Autónomas.' Artículo 145.2 CE: 'Los Estatutos podrán prever los supuestos, requisitos y términos en que las Comunidades Autónomas podrán celebrar convenios entre sí para la gestión y prestación de servicios propios de las mismas, así como el carácter y efectos de la correspondiente comunicación a las Cortes Generales. En los demás supuestos, los acuerdos de cooperación entre las Comunidades Autónomas necesitarán la autorización de las Cortes Generales.' La opción A reproduce correctamente ambos apartados. La opción B es falsa porque la comunicación no es preceptiva en todo caso, sino según lo que disponga el Estatuto. La opción C es falsa porque la federación está prohibida sin excepción.
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La trampa está en la opción B: 'comunicación preceptiva en todo caso' parece lógica pero el artículo 145.2 remite al Estatuto, que puede no exigirla. Recuerda: prohibición absoluta de federación (145.1), comunicación estatutaria (145.2).