Según la normativa de régimen local, los tenientes de alcalde deben ser nombrados entre concejales que cumplan una determinada condición. ¿Cuál es la razón de ese requisito?

AAsegurar que los tenientes de alcalde formen parte del órgano colegiado de gobierno (Junta de Gobierno Local).
BGarantizar que todos los concejales puedan acceder al cargo sin restricciones.
CExigir que los tenientes de alcalde sean del mismo grupo político que el alcalde.
Respuesta correcta: A
Dificultad: media
Justificación oficial

El artículo 34.1 de la LBRL establece que el alcalde nombrará tenientes de alcalde 'de entre los miembros de la Junta de Gobierno Local'. La razón de este requisito es que los tenientes de alcalde sustituyen al alcalde en sus funciones y deben pertenecer al órgano colegiado que asiste al alcalde en el gobierno, garantizando así la coordinación y la unidad de acción del equipo de gobierno.

Art. 34.1 · Reglamento Orgánico del Gobierno y Administración (Madrid)

Practica con un simulacro de 10 preguntas sobre Reglamento Orgánico del Gobierno y Administración (Madrid)

Gratis y con corrección al instante. Preguntas reales del temario de Organización política y administrativa del Ayuntamiento de Madrid I.

Desbloquea la explicación del Tutor IA

Regístrate gratis para pedirle al Tutor IA que te lo explique paso a paso.

Truco para memorizarlo

Recuerda: el requisito no es 'ser del mismo partido' ni 'pertenecer al área', sino 'ser miembro de la Junta de Gobierno'. Esa pertenencia asegura que el teniente de alcalde ya forma parte del núcleo directivo del municipio.

Preguntas relacionadas