¿Qué sucede si en una sesión extraordinaria de carácter urgente la urgencia no es apreciada por la Junta Municipal del Distrito?

ASe levanta acto seguido la sesión.
BSe debate igualmente el orden del día y se decide por mayoría simple.
CSe suspende la sesión y se convoca una nueva con la antelación mínima establecida.
Respuesta correcta: A
Dificultad: media
Justificación oficial

Según el artículo 16.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de los Distritos, si la urgencia no es apreciada por la Junta Municipal del Distrito, la sesión no puede celebrarse, por lo que se levanta acto seguido. No cabe debate ni suspensión para otra fecha; la consecuencia es la finalización inmediata.

Art. 16.2 · Reglamento Orgánico de los Distritos (Madrid)

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Truco para memorizarlo

Recuerda: la urgencia no apreciada impide la sesión; no se debate ni se pospone, se levanta sin tramitar asuntos.

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