Según la normativa del Ayuntamiento de Madrid sobre información administrativa, ¿qué requisito debe cumplir una persona para solicitar información administrativa general?
La respuesta correcta es la C. El artículo 12.1.a) de la Ordenanza de Transparencia del Ayuntamiento de Madrid establece que la información general se facilitará obligatoriamente a cualquier persona que la solicite, sin exigir la condición de persona interesada. El artículo 12.2 añade que el acceso puede realizarse a través de internet (portal institucional), teléfono o presencialmente.
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Recuerda: la información general es de acceso universal y multicanal; no confundir con la información pública (procedimientos) que requiere interés legítimo. Piensa en 'general = para todos'.