Ayuntamiento de Madrid · Tema 16 — LO 3/2007 (Igualdad)

Atendiendo a la clasificación de los subsidios protegidos en el Régimen General de la Seguridad Social, ¿cuál de los siguientes subsidios se reconoce por una contingencia distinta a la protección de riesgos durante el embarazo o la lactancia?

ASubsidio por incapacidad temporal
BSubsidio por riesgo durante la lactancia natural
CSubsidio por maternidad
Respuesta correcta: C
Dificultad: media
Justificación oficial

La opción C es correcta. El artículo 12.b) del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social incluye como subsidios protegidos la incapacidad temporal, el riesgo durante el embarazo y el riesgo durante la lactancia natural. El subsidio por maternidad se regula en el artículo 12.a) como contingencia distinta, por lo que no forma parte del grupo del apartado b).

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Truco para memorizarlo

Los subsidios del artículo 12.b) protegen contingencias durante el embarazo/lactancia o incapacidad temporal; el de maternidad protege el nacimiento y cuidado del menor, categoría distinta.

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