Según el artículo 53 del Reglamento Orgánico de los Distritos, ¿cuál es el plazo mínimo de antelación con el que deben presentarse las declaraciones institucionales ante la junta municipal del distrito?

ACinco días naturales antes de la sesión correspondiente.
BSiete días hábiles antes de la sesión correspondiente.
CCinco días hábiles antes de la sesión correspondiente.
Respuesta correcta: C
Dificultad: media
Justificación oficial

La opción correcta es la C, ya que el artículo 53 del Reglamento Orgánico de los Distritos establece que las declaraciones institucionales deben presentarse con al menos cinco días hábiles de antelación. Las opciones A y B son incorrectas: la A porque el plazo no es en días naturales, y la B porque no son siete días hábiles.

Art. 53 · Reglamento Orgánico de los Distritos (Madrid)

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Truco para memorizarlo

Recuerda: 'hábil' es el día laborable (lunes a viernes no festivo), mientras que 'natural' incluye todos los días del calendario. El artículo exige expresamente 'días hábiles'.

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