Ayuntamiento de Madrid · Tema 15 — RD 33/1986 (Régimen Disciplinario)
Según el artículo 44, una vez oído el inculpado o transcurrido el plazo de alegaciones sin que se haya presentado ninguna, ¿a qué órgano se remite con carácter inmediato el expediente completo?
AAl instructor del procedimiento para que practique diligencias
BAl órgano que haya acordado la incoación del procedimiento
CAl órgano competente para dictar la decisión que corresponda
Respuesta correcta: B
Dificultad: fácilJustificación oficial
Artículo 44: 'Oído el inculpado o transcurrido el plazo sin alegación alguna, se remitirá con carácter inmediato el expediente completo al órgano que haya acordado la incoación del procedimiento'.
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Recuerda: el expediente vuelve al órgano que inició el procedimiento (incoador), no al que va a resolver ni al instructor. Asocia 'incoación' con 'inicio'.
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