Según el artículo 3 de la Ordenanza de Transparencia del Ayuntamiento de Madrid, ¿qué entidades están obligadas a suministrar la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa previstas en los capítulos II a IV, cuando les sea requerida por la Administración?
El artículo 3.2 establece: "Las personas físicas y jurídicas distintas de las ya mencionadas, que presten servicios públicos de titularidad municipal o ejerzan potestades administrativas, y los adjudicatarios de contratos del sector público municipal, están obligados a suministrar la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en los capítulos II a IV, que le sea requerida por la Administración, organismo o entidad de las previstas en el artículo 2.1."
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Recuerda: "servicios públicos" + "potestades" + "adjudicatarios" son los tres grupos del apartado 2; el apartado 1 se refiere solo a subvenciones/ayudas.