¿Qué obligación concreta tienen las empresas que prestan servicios públicos municipales o son adjudicatarias de contratos del Ayuntamiento de Madrid, según la ordenanza de transparencia?
Las personas físicas y jurídicas distintas de las ya mencionadas, que presten servicios públicos de titularidad municipal o ejerzan potestades administrativas, y los adjudicatarios de contratos del sector público municipal, están obligados a suministrar la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en los capítulos II a IV, que le sea requerida por la Administración, organismo o entidad de las previstas en el artículo 2.1.
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Recuerda: los adjudicatarios y concesionarios NO tienen obligación de publicidad activa propia, solo deben SUMINISTRAR la información que les pida el Ayuntamiento (obligación a requerimiento).