Según el artículo 2 del Real Decreto 39/1997, ¿qué condición debe cumplir el Plan de Prevención de Riesgos Laborales en una entidad como el Ayuntamiento de Madrid?
El artículo 2 del Real Decreto 39/1997 exige que el plan de prevención sea aprobado por la dirección de la empresa, asumido por toda su estructura organizativa (en particular por todos sus niveles jerárquicos) y conocido por todos sus trabajadores. Esta es la condición que debe cumplir, y no otras como las indicadas en las opciones B y C, que incorporan órganos o destinatarios distintos o restringidos.
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Distinción clave: el plan debe llegar a TODA la estructura y a TODOS los trabajadores, no solo a mandos, representantes o niveles superiores. Piensa en 'todos' (trabajadores) y 'toda' (estructura).