Según el artículo 46, ¿cada cuánto tiempo se somete a control el sistema de prevención del Ayuntamiento de Madrid mediante auditorías o evaluaciones, y en qué casos se reduce ese plazo?
El sistema de prevención del Ayuntamiento de Madrid será sometido cada cuatro años a control mediante auditorías o evaluaciones, sin perjuicio del cumplimiento de la normativa vigente en relación a su realización cada dos años en actividades especialmente peligrosas.
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Para recordar los plazos: el control general del sistema de prevención se realiza cada 4 años; pero si hay actividades especialmente peligrosas, se reduce a cada 2 años (la mitad). Asocia el 4 con lo normal y el 2 con el riesgo.