Según el artículo 46, ¿cada cuánto tiempo se somete a control el sistema de prevención del Ayuntamiento de Madrid mediante auditorías o evaluaciones, y en qué casos se reduce ese plazo?

ACada dos años, y cada año en actividades especialmente peligrosas.
BCada cuatro años, y cada dos años en actividades especialmente peligrosas.
CCada cinco años, y cada tres años en actividades especialmente peligrosas.
Respuesta correcta: B
Dificultad: media
Justificación oficial

El sistema de prevención del Ayuntamiento de Madrid será sometido cada cuatro años a control mediante auditorías o evaluaciones, sin perjuicio del cumplimiento de la normativa vigente en relación a su realización cada dos años en actividades especialmente peligrosas.

Art. 46.6 · Acuerdo-Convenio (Ayto. Madrid)

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Truco para memorizarlo

Para recordar los plazos: el control general del sistema de prevención se realiza cada 4 años; pero si hay actividades especialmente peligrosas, se reduce a cada 2 años (la mitad). Asocia el 4 con lo normal y el 2 con el riesgo.

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