Ayuntamiento de Madrid · Tema 6 — TRLRHL (RDL 2/2004)

Según el artículo 18, ¿cuál de los siguientes NO tiene la consideración de interesado a los efectos de lo dispuesto en el apartado 1 del artículo anterior?

AQuienes tengan un interés directo en los acuerdos.
BLas asociaciones legalmente constituidas para velar por intereses vecinales, cuando actúen en defensa de los propios.
CLas personas jurídicas sin ánimo de lucro que acrediten un interés legítimo en el acuerdo.
Respuesta correcta: C
Dificultad: media
Justificación oficial

El artículo 18 establece como interesados a: a) quienes tengan interés directo o resulten afectados, y b) colegios oficiales, cámaras oficiales, asociaciones y demás entidades legalmente constituidas para velar por intereses profesionales, económicos o vecinales, cuando actúen en defensa de los que les son propios. La opción C ('personas jurídicas sin ánimo de lucro que acrediten un interés legítimo') no se menciona en el artículo, por lo que NO tiene la consideración de interesado según ese precepto.

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Truco para memorizarlo

El artículo 18 solo reconoce dos grupos: interés directo/afectados (letra a) y entidades de defensa colectiva profesional/económica/vecinal (letra b). Cualquier otro tipo de entidad o interés genérico queda fuera.

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