Según el artículo 153.a) de la Constitución Española, ¿qué órgano controla la constitucionalidad de las disposiciones normativas con fuerza de ley de las Comunidades Autónomas?
El artículo 153.a) de la Constitución Española establece que el control de la constitucionalidad de las disposiciones normativas con fuerza de ley de las Comunidades Autónomas corresponde al Tribunal Constitucional. Las opciones A y B son incorrectas: el Consejo General del Poder Judicial no ejerce control de constitucionalidad, y el Tribunal Supremo controla la legalidad ordinaria, no la constitucionalidad de normas con fuerza de ley.
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Recuerda: 'constitucionalidad' va al Tribunal Constitucional. La palabra del órgano coincide con la materia que controla. Así, cualquier cuestión de constitucionalidad corresponde al TC.