Según el artículo 106 de la Constitución Española, ¿qué órganos controlan la potestad reglamentaria y la legalidad de la actuación administrativa?
El artículo 106.1 CE establece que 'Los Tribunales controlan la potestad reglamentaria y la legalidad de la actuación administrativa, así como el sometimiento de ésta a los fines que la justifican'. El Tribunal Constitucional controla la constitucionalidad de las normas con rango de ley, no la legalidad de la actuación administrativa. El Consejo de Estado es el supremo órgano consultivo del Gobierno, sin función de control jurisdiccional.
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El control de legalidad de la actuación administrativa corresponde a la jurisdicción ordinaria ('Los Tribunales', art. 106.1 CE); no confundir con el Tribunal Constitucional, que controla la constitucionalidad de las leyes, ni con el Consejo de Estado, que es órgano consultivo.