Ayuntamiento de Madrid · Tema 7 — TRLRHL (RDL 2/2004)

Según el artículo 10 del TRLHL, ¿cuál es la regla general para la determinación y exacción de los recargos e intereses de demora en los tributos locales?

ASe exigirán y determinarán en los mismos casos y cuantía que en la exacción de los tributos del Estado, pero la forma será la establecida en la legislación autonómica.
BSe exigirán y determinarán en los mismos casos, forma y cuantía que en la exacción de los tributos del Estado.
CSe exigirán y determinarán en los mismos casos y forma que en los tributos del Estado, pero la cuantía será fijada libremente por la ordenanza fiscal.
Respuesta correcta: B
Dificultad: difícil
Justificación oficial

El artículo 10 del TRLHL establece: 'En la exacción de los tributos locales y de los restantes ingresos de derecho público de las entidades locales, los recargos e intereses de demora se exigirán y determinarán en los mismos casos, forma y cuantía que en la exacción de los tributos del Estado.'

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Truco para memorizarlo

Recuerda las 'tres C' para este precepto: Casos, forma y Cuantía se remiten íntegramente a la normativa estatal, sin excepción salvo la previsión expresa sobre intereses en aplazamientos.

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