De acuerdo con el artículo 8.3 del Reglamento, la aprobación de la organización o estructura administrativa de un organismo público por su Consejo Rector, ¿hasta qué nivel máximo puede llegar?

AHasta el nivel de subdirección general.
BHasta el nivel de jefatura de servicio.
CHasta el nivel de dirección general.
Respuesta correcta: A
Dificultad: media
Justificación oficial

Según el artículo 8.3 del Reglamento, la aprobación de la organización o estructura administrativa de un organismo público por su Consejo Rector o Consejo de Administración únicamente comprenderá hasta el nivel de subdirección general. Los niveles superiores, como dirección general, requieren la intervención de la Junta de Gobierno u otro órgano superior conforme al Título VII del mismo Reglamento. Por tanto, la opción correcta es A, mientras que B (jefatura de servicio) es un nivel inferior y C (dirección general) es un nivel superior no permitido al Consejo Rector.

Art. 8.3 · Reglamento Orgánico del Gobierno y Administración (Madrid)

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Truco para memorizarlo

Confusión típica: creer que el Consejo Rector puede aprobar hasta dirección general. Recuerda: el prefijo 'sub-' indica que es un nivel inferior; la dirección general requiere aprobación de la Junta de Gobierno.

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