¿Cuál de los siguientes comportamientos se califica expresamente como falta leve y no como falta grave o muy grave, según la clasificación del artículo correspondiente?
El artículo 8, apartado a), establece que es falta leve 'El incumplimiento injustificado del horario de trabajo, cuando no suponga falta grave'. Las demás opciones no se corresponden literalmente con lo dispuesto en dicho artículo.
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Recuerda la 'regla del umbral': el incumplimiento horario es leve siempre que no alcance la gravedad de falta grave; en cambio, la falta de asistencia se califica como leve solo cuando es de un día exacto, no superior.