Ayuntamiento de Madrid · Tema 7 — TRLRHL (RDL 2/2004)
¿En qué régimen podrán las entidades locales exigir los precios públicos?
AEn régimen de liquidación administrativa.
BEn régimen de autoliquidación.
CEn régimen de estimación directa.
Respuesta correcta: B
Dificultad: fácilJustificación oficial
El artículo 45 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, establece: 'Las entidades locales podrán exigir los precios públicos en régimen de autoliquidación.'
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Recuerda: para los precios públicos, las entidades locales pueden usar la 'autoliquidación' (como en el IVA), no la liquidación por la administración ni la estimación directa (típica de impuestos).
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