Ayuntamiento de Madrid · Tema 19 — Ordenanza de Transparencia (Madrid)
Según el principio de transparencia del artículo 4, ¿cuándo es posible limitar el acceso a la información pública?
ACuando exista una ordenanza municipal que establezca límites al acceso.
BCuando exista una norma con rango de ley que establezca límites, cuya interpretación no será extensiva.
CCuando el órgano gestor de la información lo considere necesario para proteger datos personales.
Respuesta correcta: B
Dificultad: mediaJustificación oficial
La información pública será accesible, salvo que proceda la aplicación de alguno de los límites establecidos en una norma con rango de ley, cuya interpretación no será extensiva.
Art. 4.a) · Ordenanza de Transparencia (Madrid)
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Recuerda: los límites al acceso deben estar en una norma con rango de ley, no en reglamentos municipales. La expresión 'salvo que' introduce la excepción.
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Según el artículo 4 de la Ordenanza de Transparencia, ¿cuál de los siguientes principios establece que la información pública debe publicarse con un lenguaje claro y sencillo para facilitar su comprensión?De acuerdo con los principios generales de la Ordenanza de Transparencia, señale la afirmación correcta:Según el artículo 4 de la Ordenanza de Transparencia, respecto del principio de no discriminación tecnológica, los sujetos obligados:Según los principios generales de la Ordenanza, ¿en qué caso la información no se publicará o facilitará en formatos que permitan su reutilización?