Según la organización del Tribunal Administrativo de Madrid, ¿qué requisito de asistencia se exige para la válida constitución del Pleno o de las salas?

ALa asistencia del Presidente y de al menos dos tercios de sus vocales.
BLa asistencia del Presidente y de la mayoría absoluta de sus vocales.
CLa asistencia del Presidente y de la mitad al menos de sus vocales.
Respuesta correcta: C
Dificultad: difícil
Justificación oficial

Artículo 8.6: 'La válida constitución del Pleno del Tribunal o de las salas requerirá la asistencia del Presidente y de la mitad al menos de sus vocales.'

Art. 8.6 · Reglamento del Tribunal Administrativo (Madrid)

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Truco para memorizarlo

Recuerda que el quórum es 'mitad al menos', no 'dos tercios' ni 'mayoría absoluta'. La norma exacta es Presidente + mitad de vocales.

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