¿A qué miembro de la Corporación corresponde legalmente la certificación de los acuerdos adoptados por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid?
Según el artículo 87.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, corresponde al Secretario de la Corporación, o al concejal que ejerza sus funciones, la certificación de los acuerdos de los órganos colegiados municipales, incluido el Pleno. En el Ayuntamiento de Madrid, esta función recae en el concejal-secretario de la Junta de Gobierno o del Pleno, según lo dispuesto en su Reglamento Orgánico.
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Recuerda la asociación 'secretario' = 'secreto' = 'certificado'. El secretario es quien da fe y certifica los acuerdos, no el alcalde ni el portavoz.