Ayuntamiento de Madrid · Tema 2 — Constitución Española
Según la Constitución, ¿cuál es la principal fuente de financiación de las Haciendas locales para ejercer sus funciones?
ATributos propios exclusivamente
BParticipación en tributos del Estado y CCAA exclusivamente
CTributos propios y participación en tributos del Estado y CCAA
Respuesta correcta: C
Dificultad: mediaJustificación oficial
El artículo 142 de la Constitución Española establece que las Haciendas locales 'se nutrirán fundamentalmente de tributos propios y de participación en los del Estado y de las Comunidades Autónomas'.
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Recuerda 'propios y participación': la financiación local combina recursos propios (impuestos municipales) con la participación en tributos de niveles superiores (Estado y CCAA).
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Según la Constitución Española, ¿qué artículo regula que las Haciendas locales deben disponer de medios suficientes para sus funciones y nutrirse fundamentalmente de tributos propios y de participación en los del Estado y de las Comunidades Autónomas?Según el artículo 142 de la Constitución Española, ¿cómo deben nutrirse fundamentalmente las Haciendas locales?¿Con qué fuentes de financiación se nutren fundamentalmente las Haciendas locales según la Constitución?Según la Constitución Española, ¿qué artículo exige que la reforma de los Estatutos de Autonomía sea aprobada por las Cortes Generales mediante ley orgánica?