Según el artículo 50 del convenio, la garantía de un plazo mínimo de 15 días de antelación en la planificación de obras y traslados del personal tiene por objeto:
El artículo del convenio establece que se facilitará a los delegados de prevención la planificación anticipada, con al menos 15 días de antelación, de las obras y traslados del personal. Por tanto, el objeto del plazo es permitir dicha planificación anticipada, lo que corresponde a la opción B.
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Recuerda que el plazo de 15 días no es un mero formalismo; su finalidad es que los delegados puedan organizar su agenda y preparar alegaciones ('planificación anticipada'). En otras preguntas, asocia siempre 'planificación' con la finalidad del plazo.