Ayuntamiento de Madrid · Tema 15 — RD 33/1986 (Régimen Disciplinario)
Según el artículo 12, ¿qué responsabilidad disciplinaria tiene el funcionario que induce a otro a cometer una falta que finalmente no se consuma?
ANo incurre en responsabilidad disciplinaria alguna por la falta no consumada.
BIncurre en responsabilidad según los criterios del artículo 89 de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado.
CIncurre en la misma responsabilidad que el autor de la falta consumada.
Respuesta correcta: B
Dificultad: difícilJustificación oficial
El artículo 12 establece que, si la falta no se consuma, el inductor incurrirá en responsabilidad de acuerdo con los criterios del artículo 89 de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado de 7 de febrero de 1964.
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Truco para memorizarlo
Trampa semántica: 'misma responsabilidad' solo aplica si la falta se consuma; si no se consuma, la responsabilidad se determina por otro criterio (art. 89). No confundir con exención total de responsabilidad.
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