Según el ámbito de aplicación de la ordenanza, ¿en qué tipo de sociedad mercantil es OBLIGATORIA la aplicación de la norma, y no solo una promoción de adhesión voluntaria?

AAquellas en las que la participación, directa o indirecta, de las entidades municipales sea superior al 50% del capital social.
BAquellas en las que la participación de las entidades municipales sea inferior al 50% del capital social.
CTodas las sociedades mercantiles participadas por el Ayuntamiento de Madrid, con independencia del porcentaje de capital.
Respuesta correcta: A
Dificultad: media
Justificación oficial

El artículo 2.1.c) dice: 'Las sociedades mercantiles en cuyo capital social, la participación, directa o indirecta, de las entidades previstas en este apartado sea superior al 50 por ciento.' Por tanto, la aplicación es obligatoria cuando la participación es superior al 50%, mientras que para las inferiores (apartado 2) solo se promueve la adhesión voluntaria.

Art. 2.1.c) · Ordenanza de Transparencia (Madrid)

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Truco para memorizarlo

Trampa razonable: cambia 'superior al 50%' (obligatorio) por 'inferior al 50%' (promoción voluntaria). Distingue el umbral exacto del 50%: por encima es norma imperativa; por debajo, solo fomento.

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