Según el Reglamento Orgánico del Tribunal Administrativo de Madrid, ¿en qué circunstancia el Pleno del Tribunal ejerce competencia exclusiva en materia tributaria?
El Reglamento Orgánico del Tribunal Administrativo de Madrid establece que es competencia exclusiva del Pleno la elaboración de estudios y propuestas en materia tributaria y los dictámenes sobre proyectos de ordenanzas fiscales, pero esta competencia se activa previo requerimiento de los órganos municipales competentes. Por tanto, la opción B es correcta al reflejar esa condición.
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La competencia exclusiva del Pleno no es automática: requiere una petición expresa de los órganos municipales. Asocia 'exclusiva' con 'requerimiento previo' para no confundirla con la supervisión o resolución general.