Según la organización municipal, ¿a qué se debe la adscripción orgánica de la Intervención General al Área de Hacienda?

APor razones de organización interna, pero sin mermar su independencia funcional respecto de los órganos fiscalizados.
BPara que el Área de Hacienda pueda supervisar directamente la gestión presupuestaria del Ayuntamiento.
CPara integrarla como una unidad dependiente del Área de Hacienda y subordinada a sus instrucciones de control.
Respuesta correcta: A
Dificultad: media
Justificación oficial

Artículo 59.2: "La Intervención General ejercerá sus funciones con plena autonomía respecto de los órganos y entidades municipales... Sin perjuicio de lo anterior, la Intervención General se adscribe orgánicamente al Área competente en materia de Hacienda."

Art. 59 · Reglamento Orgánico del Gobierno y Administración (Madrid)

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Truco para memorizarlo

Clave: "plena autonomía" frente a "adscripción orgánica" — la Intervención es independiente en su función, pero depende administrativamente del Área de Hacienda. Eso descarta las opciones que impliquen subordinación funcional (A y C).

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