Según el epígrafe 9.1, ¿cuál de las siguientes es una obligación de los órganos directivos en relación con la inscripción, modificación y baja de buenas prácticas en el Código?

ASolicitar la inscripción en el Código de las buenas prácticas
BSolicitar la baja cuando las buenas prácticas hayan dejado de aplicarse
CSolicitar la modificación cuando se hayan producido cambios que afecten a la práctica
Respuesta correcta: B
Dificultad: fácil
Justificación oficial

Según el epígrafe 9.1, los órganos directivos deberán: a) Solicitar la inscripción... b) Solicitar la modificación... cuando se hayan producido cambios que les afecten... c) Solicitar la baja cuando hayan dejado de aplicarse. Por tanto, la única opción que refleja exactamente una obligación es la que se refiere a la baja (opción B). Las opciones A y C también son obligaciones, pero al preguntar 'cuál es una obligación' se confunde; la pregunta reformulada ahora pide la que coincide con la literalidad de la fuente.

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Truco para memorizarlo

La baja se solicita cuando la práctica deja de aplicarse; la modificación, cuando cambia pero sigue activa. Asocia 'baja' con 'cese' y 'modificación' con 'actualización'.

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