Ayuntamiento de Madrid · Tema 13 — TRRL (RDL 781/1986)

Según el artículo 56 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, la modificación de una Ordenanza o Reglamento:

APuede efectuarse por acuerdo del Pleno sin necesidad de seguir los trámites de aprobación ordinarios.
BExige los mismos trámites que los establecidos para su aprobación.
CSe realiza mediante un procedimiento simplificado, sin necesidad de informes previos.
Respuesta correcta: B
Dificultad: fácil
Justificación oficial

El artículo 56 del Real Decreto 2568/1986 establece: 'Para la modificación de las Ordenanzas y Reglamentos deberán observarse los mismos trámites que para su aprobación.' Esto implica que el procedimiento es idéntico al de aprobación, sin admitir simplificaciones ni exenciones.

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Truco para memorizarlo

Recuerda: 'Modificación = Aprobación'. Siempre que se modifique una ordenanza o reglamento local, hay que seguir exactamente los mismos pasos que para crearla desde cero. Visualiza que el procedimiento es como una valla que hay que saltar igual de alta aunque solo cambies una coma.

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