Según el artículo 54 de la Constitución Española, ¿qué naturaleza jurídica y función principal se atribuye al Defensor del Pueblo?
El artículo 54 establece que 'Una ley orgánica regulará la institución del Defensor del Pueblo, como alto comisionado de las Cortes Generales, designado por éstas para la defensa de los derechos comprendidos en este Título, a cuyo efecto podrá supervisar la actividad de la Administración, dando cuenta a las Cortes Generales'.
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Recuerda: 'Alto comisionado de las Cortes Generales' (no del Gobierno ni del Poder Judicial), su función es la defensa de los derechos del Título I y rinde cuentas a las Cortes, no a otros órganos.